Hemos respondido a las preguntas que más nos hacen. Si tu duda no está aquí, llámanos.
Es una ley en vigor desde 2015 (y reformada en 2022) que permite a particulares y autónomos cancelar legalmente sus deudas cuando no pueden hacer frente a ellas, ofreciéndoles una segunda oportunidad financiera.
Cualquier particular o autónomo de buena fe, con deudas inferiores a 5 millones de euros, que no haya sido condenado por delitos económicos en los últimos 10 años.
Préstamos bancarios, tarjetas, microcréditos, deudas con proveedores, particulares y, desde la reforma de 2022, también parte de las deudas con Hacienda y la Seguridad Social.
Trabajamos con una cuota mensual transparente de 125€/mes durante el proceso. La primera consulta es siempre gratuita y sin compromiso.
No. Te presentamos un presupuesto cerrado por escrito desde el primer día. Sin letra pequeña.
Nuestra tasa de éxito es del 100% en casos que aceptamos, precisamente porque hacemos un estudio previo riguroso antes de presentar el caso.
Entre 4 y 8 meses en la mayoría de casos. Desde el inicio se paralizan embargos y llamadas de acreedores.
Normalmente no. Nosotros nos encargamos de toda la representación procesal. Solo es necesaria tu presencia en casos muy puntuales.
Desde el momento en que se admite a trámite el procedimiento, los acreedores no pueden contactarte ni reclamarte directamente.
No necesariamente. Estudiamos cada caso para diseñar la estrategia que mejor proteja tu patrimonio. La reforma de 2022 introduce mecanismos para conservar la vivienda habitual.
Existen mínimos legales protegidos. En la consulta gratuita te explicamos exactamente qué se protege en tu caso.
Solo si comparte deudas o avales contigo. En régimen de separación de bienes, su patrimonio no se ve afectado.
Sí. Una vez dictada la sentencia, te eliminamos de ASNEF, RAI, BADEXCUG y demás ficheros de morosos.
Sí. Tras la cancelación recuperas tu capacidad crediticia. Muchos clientes vuelven a financiar viviendas o vehículos en pocos años.
El procedimiento se publica en el BOE durante un periodo, pero no figura como antecedente penal ni en tu historial laboral.
Llámanos. Te resolvemos las dudas en una llamada de 10 minutos, sin compromiso.